- Iniciativa N° 5.574: Titularidad de derechos de niños, niñas y adolescentes: necesidad de reconocimiento, respeto y protección.
- Iniciativa N° 11.402: Derechos de NNA Reconocidos y consagrados en la Nueva Constitución
- Iniciativa Nº 5.554: Por el principio de la colaboración en la nueva constitución
Como organización de la sociedad civil con más de 87 años al servicio del bienestar y desarrollo de la niñez y adolescentes de nuestro país, creemos necesario dar a conocer las iniciativas populares de norma presentes en el sitio web iniciativas.convencion.cl que, relevan el aporte de la sociedad civil y contribuyen a la generación de políticas públicas en beneficio de la niñez y juventud.
Invitamos a leer, difundir y apoyar estas iniciativas. Cada persona, con su Clave Única, puede apoyar hasta siete iniciativas y una vez entregadas estas firmas no podrán ser modificadas. El plazo para entregar estos apoyos vence el 1 de febrero de 2022.
Iniciativa N° 5.574
Presentada por: Corporación Opción. Corporación que busca promocionar, proteger y apoyar la restitución de los derechos de NNA.
Qué debe contemplar la nueva constitución:
- Los niños, niñas y adolescentes son sujetos titulares de todos los derechos que esta constitución reconoce y los ejercerán de conformidad a la evolución de sus facultades y madurez.
- Las familias tienen la responsabilidad preferente de educar y orientar a los niños, niñas y adolescentes en el ejercicio de sus derechos en conformidad a su interés superior, entendido éste como la máxima satisfacción de los mismos.
- Es deber del Estado asegurar las condiciones para su ejercicio y, además, niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una protección prioritaria frente a todo tipo de negligencia, discriminación, violencia o ejercicio abusivo de la autoridad de la familia o de cualquier otra institución.
Propuesta de articulado
- Los niños, niñas y adolescentes son sujetos titulares de todos los derechos que esta constitución reconoce y los ejercerán de conformidad a la evolución de sus facultades y madurez.
- Las familias tienen la responsabilidad preferente de educar y orientar a los niños, niñas y adolescentes en el ejercicio de sus derechos en conformidad a su interés superior, entendido éste como la máxima satisfacción de los mismos.
- Es deber del Estado asegurar las condiciones para su ejercicio y, además, niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una protección prioritaria frente a todo tipo de negligencia, discriminación, violencia o ejercicio abusivo de la autoridad de la familia o de cualquier otra institución.
Revisa esta iniciativa: https://iniciativas.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/o/5574
Iniciativa N° 11.402
Derechos de NNA Reconocidos y consagrados en la Nueva Constitución
Presentada por: Compromiso con la niñez
Es una alianza de colaboración e incidencia pública, creada desde enero 2021 con Worldvision Chile, América Solidaria, Fundación para la Confianza, Fundación Colunga, Fundación Infancia Primero, Fundación Ideas para la Infancia, Centro Iberoamericano por los Derechos de la Niñez, Fundación Mustakis, Comunidad Mujer. Educación 2020.
Qué debe contemplar la nueva constitución:
Debiera incluir el compromiso de validar la Convención Internacional sobre los Derechos de la Niñez y que sustente un nuevo trato de relación con est@s nuev@s actor@s sociales, un país en:
- Que sus derechos estén expresamente mencionados/as en la nueva Carta Magna;
- Que haya un reconocimiento explícito como sujetos de derecho;
- Que se aseguren instancias de participación efectiva en el reglamento de la Convención;
- Que se aseguren mecanismos formales que garanticen los derechos establecidos; y,
- Que se asegure un piso de protección social, de acceso universal a salud, vivienda y educación para NNA y sus familias/cuidadores.
Propuesta de articulado
Primer artículo propuesto
- Los niños, niñas y adolescentes son titulares de los derechos consagrados en la Constitución, en las leyes nacionales, en la Convención sobre los Derechos del Niño y en los demás tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile.
- El Estado respetará, promoverá y garantizará la protección integral de la niñez mediante la adopción de medidas de toda índole, las cuales se dirigirán al pleno ejercicio de sus derechos civiles y sociales. Estas medidas deberán satisfacer su interés superior y permitir, sin discriminación, el ejercicio efectivo de dichos derechos conforme a la evolución de sus facultades y madurez.
- En todos los asuntos que afecten a los niños, niñas y adolescentes, se deberá garantizar su participación efectiva.
- Los derechos de los niños, niñas y adolescentes prevalecen por sobre los derechos de las demás personas.
Segundo artículo propuesto
- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a crecer y desarrollarse en un entorno familiar. Las familias cumplen un rol fundamental para orientar el ejercicio de los derechos de la niñez y adolescencia.
- Es deber del Estado velar por el fortalecimiento de las familias, mediante políticas públicas multisectoriales que estén dirigidas a promover el derecho a la vida familiar y a prevenir vulneraciones que puedan amenazar su pleno ejercicio.
- Si habiendo agotado todas las medidas de protección aplicables en el entorno familiar, los niños, niñas y adolescentes son separados de sus familias, el Estado procurará que las instituciones de protección cumplan con los más altos estándares de funcionamiento y condiciones que permitan la reparación y restitución eficaz de los derechos menoscabados, previniendo nuevas vulneraciones.
Tercer artículo
- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra toda forma de violencia, maltrato, abuso, explotación, acoso y negligencia.
- La erradicación de la violencia contra la niñez será declarada un asunto del más alto interés nacional. Para ello, el Estado diseñará estrategias para abordar situaciones que impliquen un menoscabo de la integridad personal, cuando la violencia provenga de las familias, la comunidad, del Estado, o de privados actuando en su nombre.
https://iniciativas.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/o/11402
Iniciativa Nº 5.554
Por el principio de la colaboración en la nueva constitución
Presentada por: #juntos sumamos más (Francisco Gazmuri)
Causa ciudadana que busca reconocer constitucionalmente el rol que organizaciones no estatales pueden tener en desafíos públicos, y a la vez fomentar la colaboración con el Estado.
Rol de la sociedad civil
Qué debe contemplar la nueva constitución:
- Reconocer el rol público que cumple la sociedad civil y la iniciativa privada al complementar la labor del Estado en el aseguramiento de los derechos de las personas.
- Promover la colaboración entre Estado, la iniciativa privada, la sociedad civil y las comunidades para lograr encontrar soluciones colaborativas y sostenibles.
- Cautelar el derecho a la libre asociación de personas para crear organizaciones, conforme los tratados internacionales de derechos humanos y las constituciones democráticas del mundo.
Propuesta de articulado
El aseguramiento de los derechos sociales y económicos es un deber prioritario del Estado, que, reconociendo el rol imprescindible de la sociedad civil, exige una colaboración activa con ella para lograr dicho fin. Serán las leyes las que definan las mejores alternativas para alcanzar la satisfacción oportuna y adecuada de estos derechos
https://iniciativas.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/o/5554