El 18 de mayo se conmemora el día contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes (ESCNNA), una fecha que debemos recordar todo el año, porque estas graves vulneraciones, están frente a nuestros ojos.
Según datos de 2019, el número de niños, niñas y adolescentes atendidos a nivel nacional en los programas de protección especializada en explotación sexual comercial infantil y adolescente (PEE) del Sename, fue de 1.398, de los cuales el 90% son mujeres y el 10 % hombres.
La ESCNNA como forma de violencia sexual, atenta contra la integridad física, psicológica, la dignidad y la posibilidad de desarrollar relaciones confiables. Es un ejercicio abusivo de poder, en el cual el niño se encuentra en situación de desigualdad: menor poder, menor fuerza, menor edad. Puede darse a través de diversas modalidades, reconocidas internacionalmente:
- a) Utilización de niños, niñas y adolescentes a cambio de dinero, regalos, favores u otros.
- b) Utilización de niños, niñas y adolescentes en la pornografía
- c) ESCNNA en el contexto de viajes y turismo.
- d) Trata de niños, niñas y adolescentes con fines de explotación sexual.
Antes de la masificación de internet y el uso de plataformas sociales, quienes cometen estos delitos accedían de forma directa a los menores de edad, manipulándolos y atrayéndolos a las redes de explotación. Hoy, también utilizan las redes sociales, a través de las cuales cautivan y manipulan al niño o niña y los presionan para que envíen material pornográfico, que luego venden de forma online. Surgen nuevas formas de abuso sexual, como el grooming (acoso sexual vía Internet), sexting (intercambio de materiales con contenidos sexuales), sextorsión (chantaje o extorsión sexual).
Pese a la gravedad de estos delitos, resulta difícil contar con cifras exactas sobre la magnitud del problema, dado que el fenómeno de la ESCNNA no cuenta con una definición jurídica en Chile y en el ámbito penal, la ESCNNA no está tipificada como delito, por lo que resulta aún más difícil perseguirlo.
Estos delitos se sancionan mediante otros tipos penales relacionados con las distintas modalidades reconocidas internacionalmente: “obtención de servicios sexuales”, “facilitación de la prostitución infantil”, “trata de personas”, “pornografía tipificada considerando la cadena de producción, comercialización, obtención y almacenamiento” y “abuso sexual impropio en relación al fenómeno de grooming”. La ESCNNA en el ámbito del turismo y viajes no cuenta con un tipo legal específico y relacionado.
Muchas de las causas penales están caratuladas como abuso sexual, violación y estupro, invisibilizándose las particularidades de la ESCNNA. En cuanto a las penas, éstas son bajas y permiten fácilmente beneficios carcelarios, lo que genera una sensación de impunidad.
Si queremos combatir este delito y proteger a sus víctimas, debemos avanzar hacia una legislación que se haga cargo de la complejidad del problema, que proporcione las herramientas para perseguir y castigar este delito.
Desde las instituciones y co-garantes de los derechos de los niños niñas y adolescentes se debe generar una actuación coordinada y en red que permita apoyar adecuadamente a las víctimas y generar las condiciones para su recuperación e inserción plena en la sociedad.
En el PEE Ciudad del Niño La Serena, desde septiembre de 2017 a abril de 2021, hemos atendido a 170 niños, niñas y adolescentes víctimas de explotación sexual comercial, interrumpiendo la vulneración, favoreciendo la integración familiar y social y el fortalecimiento de sus capacidades de protección.