Para hacer realidad una verdadera justicia juvenil basada en principios psicoeducativos, se debe considerar que su implementación es un proceso paulatino y, necesariamente, lento, que implica una profunda modificación de las representaciones sociales y de las actitudes generales frente a la juventud infractora, plantean los especialistas Jacques Dionne y Cristián Altamirano al profundizar sobre los desafíos que enfrentan dichos sistemas.
Los expertos destacan que solo la organización y aplicación rigurosa de mecanismos legales y sistemas de intervención eficaces en la readaptación y reinserción de los jóvenes infractores podrán mejorar la protección de la sociedad, y que se debe trabajar en los desafíos con una visión de largo plazo. “En este camino se requiere del diálogo y de la colaboración”, sostienen en el artículo “Los desafíos de un verdadero sistema de justicia juvenil: una visión psicoeducativa”.
Primer desafío: la competencia de los operadores (educadores de trato directo)
Una de las principales preocupaciones de la psicoeducación es la relación cotidiana y de proximidad con el joven infractor. La noción psicoeducativa de calidad en el trato directo remite a posicionamientos éticos y competencias específicas, necesarias para un acompañamiento riguroso y responsable de los procesos de readaptación de adolescentes con problemáticas de alta complejidad.
El educador competente debe tener una confianza profunda en el potencial de cambio y en las posibilidades de desarrollo de cada joven con quien trabaja; debe buscar continuamente lo que es justo, poniendo siempre el acento en sus fuerzas y las de sus entornos sociales, viviendo, actuando y compartiendo con ellos los momentos de la vida cotidiana para así prepararlos a su reintegración social.
Asimismo, deben tener las competencias necesarias para observar y analizar las interacciones de los jóvenes con las personas de su entorno, identificar sus capacidades y sus dificultades, planificar las acciones e intervenciones que contribuirán a su rehabilitación y reinserción. Así, contrariamente a lo que muchos creen, no sólo el amor, el sentido común o el vínculo no bastan: la competencia es esencial.
Para llegar a un nivel de competencia aceptable de los educadores de primera línea, es indispensable que reciban una formación específica (técnico profesional o universitaria) y continua. Talleres de capacitación para un personal heterogéneo no es suficiente. Es necesario que el rol del educador sea reconocido y valorado.
A la competencia de los educadores se suma la de los profesionales que intervienen con los jóvenes y sus familias, incluyendo trabajadores sociales, psicólogos, profesores y otros. Quienes ya poseen una formación académica a nivel universitario entran al sistema con poca experiencia o conocimientos sobre delincuencia y las múltiples problemáticas de los jóvenes infractores, lo que limita su competencia para intervenir de manera rigurosa frente a ellos.
Los programas de formación de estos profesionales deberían integrar conocimientos específicos sobre la delincuencia y los factores de riesgo y de protección, así como poner en práctica la aplicación de los mejores métodos de evaluación e intervención con los jóvenes infractores. Igualmente, tanto las instituciones estatales como los servicios comunitarios deberían incluir programas de formación continua para sus profesionales, acompañados de procesos de supervisión clínica y de sesiones de actualización de conocimientos en las áreas de evaluación e intervención. Otra vía de formación continua es la participación activa de los educadores en las reuniones de estudio de los casos clínicos, con todos los actores implicados.
Los abogados y los jueces deberían desarrollar competencias no solo a nivel del sistema judicial, sino mantenerse actualizados sobre los últimos conocimientos en delincuencia, rehabilitación y reeducación de los jóvenes infractores. En la mayoría de los casos estos actores del sistema han desarrollado excelentes competencias en el campo de la justicia adulta. Desgraciadamente, tienen también muchas lagunas en cuanto a la justicia juvenil, con el riesgo de que repliquen el sistema adulto en los fallos de estas causas.
Segundo desafío: la colaboración
Para que el joven infractor se implique en su propio desarrollo, es necesario que pueda sentir que hay justicia. Para ello se requiere que los diferentes actores y las instancias responsables de la aplicación de sentencias y de la reeducación trabajen concertadamente. La colaboración es necesaria a diferentes niveles: entre educadores, profesionales y familiares del joven; entre organismos del sistema social y organismos del sistema de justicia; entre los educadores y los miembros de la comunidad y entre los investigadores y quienes intervienen en el terreno.
Los mejores programas de intervención con jóvenes infractores de ley tienen en común una estrecha colaboración entre educadores y padres del joven.
Un aspecto que suele ser más complejo es la colaboración entre investigadores y profesionales de terreno. En el contexto norteamericano, se observa frecuentemente que los investigadores utilizan el terreno de intervención como fuente de datos, pero no tienen un buen conocimiento de las prácticas de las instituciones y contribuyen poco al desarrollo y a la evaluación de nuevas formas de intervención. Cuando lo hacen es en el contexto de proyectos pilotos que se aplican fuera de las condiciones normales de un programa regular.
En cuanto a los educadores, existe en ellos una desconfianza generalizada frente a los investigadores, a quienes consideran desconectados de sus realidades de terreno. Valorizar el rigor de los procesos investigativos, así como lo complejo e impredecible del trabajo en terreno, es esencial para documentar y generalizar las buenas prácticas y establecer procesos de mejoramiento constante.
Tercer desafío: el rigor en la acción
El rigor en las intervenciones cotidianas con los jóvenes es fundamental, tanto en internados como en la comunidad. El éxito de esos procesos descansa en la utilización de métodos rigurosos, cuyos efectos se puedan relacionar con factores protectores y de riesgo. Los conocimientos sobre el fenómeno de la delincuencia juvenil y las dificultades de adaptación de los adolescentes infractores han progresado de manera significativa en los últimos decenios.
Para planificar intervenciones apropiadas, eficaces y adaptadas a las necesidades del joven es primordial hacer evaluaciones metódicas de su situación, incluyendo sus capacidades y dificultades personales, abuso de sustancias, problemas de salud mental, recursos en su entorno social y necesidades individuales..
La colaboración ya mencionada entre organismos es esencial para una buena evaluación, pues solo compartiendo las observaciones hechas en diferentes contextos se puede llegar a un diagnóstico certero.
Las principales debilidades en las evaluaciones parten de conceptualizaciones poco claras y difícilmente ejecutables y, luego, en programas mal aplicados. Para tener información fiable sobre los efectos de cualquier programa se deben respetar condiciones indispensables, como la aplicación metódica y un proceso de evaluación continua.
Cuarto desafío: la diferenciación
La diferenciación entre adolescentes infractores tiene consecuencias importantes en el plano de la conducción cotidiana de la intervención. Es también necesario que la aplicación de las sentencias judiciales se funde en una perspectiva diferencial (Andrews et al., 1990).
“La buena medida en el buen momento para el buen joven” es la máxima que se desprende del informe de una comisión de estudio que consultó a los actores judiciales y sociales de la juventud en Quebec (Jasmin, 1992). Esto significa que se debe ajustar el tipo de medida y de intervención a las características del adolescente. Para aquel que presenta una delincuencia leve, con bajo riesgo de reincidencia, se necesita una medida leve, pues de lo contrario se aumenta el riesgo de reincidencia.
Quienes han trabajado en contextos de reclusión donde primerizos conviven con delincuentes avezados, saben de esto. Por el contrario, para un joven que presenta una delincuencia grave, una medida leve y poco intensiva podría tener como consecuencia la agravación de la conducta (Gendreau,Goggin, Cullen & Andrews, 2000).
Su dificultad de aplicación parece residir en la importante cantidad de instancias que se requiere movilizar, pues se hace necesaria una organización de servicios que se haga cargo de los adolescentes según la importancia de sus conductas delictuales, riesgos de reincidencia y necesidades de acompañamiento en el camino hacia la reinserción social.
El quinto desafío: el equilibrio
El quinto desafío tiene que ver con la búsqueda de equilibrio en el sistema de justicia para jóvenes adolescentes. Gran cantidad de países han elaborado leyes que concuerdan con la Declaración de los Derechos del Niño. Algunos de estos textos de ley son ejemplos de coherencia, donde se busca auténticamente un equilibrio entre la protección de los derechos de los jóvenes y la protección de la sociedad. Una buena ley reconoce que el sistema de justicia para menores debe ser diferente del sistema de justicia adulto, pues los adolescentes están en desarrollo y no pueden ser considerados responsables de sus actos de la misma manera que un adulto (Association des Centres Jeunesse du Québec, 2009).
Esto no significa que no deben ser considerados responsables de sus actos, sino que la manera de responder por sus actos debe estar adaptada a sus niveles de desarrollo. Esta visión, que debería estar en la base de toda ley para adolescentes, es todavía escasamente difundida. Pero, incluso en países donde está establecida, se ve constantemente cuestionada por ideologías que proponen la represión a partir de una visión simplista y dicotómica, que plantea que la protección de la sociedad es incompatible con la protección de los derechos de los jóvenes infractores.